tag:blogger.com,1999:blog-325495162308532535.post6979546006268779605..comments2024-03-28T10:13:12.071+01:00Comments on Médico crítico: residentes, urgencias, Andalucía, aberraciones.javierpadillabhttp://www.blogger.com/profile/07524466300017506228noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-325495162308532535.post-27389947751501745912009-02-26T23:20:00.000+01:002009-02-26T23:20:00.000+01:00En todo este tema yo he sido más práctico: simplem...En todo este tema yo he sido más práctico: simplemente he dejado de firmar altas.<BR/><BR/>Curiosamente, el sistema ha sido capaz por si solo de cubrirme en mi caso personal.<BR/><BR/>Ahora que la supervisión es otra historia...Emilienkohttps://www.blogger.com/profile/16854750817787779889noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-325495162308532535.post-59098423231874159232009-02-24T22:03:00.000+01:002009-02-24T22:03:00.000+01:00Un breve comentario porque estoy completamente de ...Un breve comentario porque estoy completamente de acuerdo con Javi. Poco que añadir.<BR/><BR/>Para que los ajenos (o no tan ajenos) a este tema se sitúen, comentar que en menos de 20 segundos se lee el párrafo en que esto queda expresado: apartado 3 del artículo 15, pág. 10024 del BOE nº45 (ir al link que dejo abajo para descargarlo).<BR/><BR/>Los residentes de primer año tenemos claro lo que dice el párrafo: "Los mencionados especialistas visarán por escrito las altas, bajas y demás documentos relativos a las actividades<BR/>asistenciales en las que intervengan los residentes de primer año." Los coordinadores de Urgencias y los Directores de Hospital parecen no tenerlo tan claro y la razón parece sencilla: supone una adecuada organización los turnos de noche de los médicos adjuntos y contratar más personal.<BR/><BR/>En el 12 de Octubre ya hemos notificado por escrito (pasando por registro la notificación) este problema y estamos en trámites para reunirnos con los responsables del hospital para que nos den una respuesta escrita, principalmente por dos razones:<BR/>1. La calidad asistencial que reciban los pacientes.<BR/>2. Nuestra cobertura legal como residentes de primer año.<BR/><BR/>Un saludo a todos!<BR/><BR/>---<BR/>http://www.boe.es/boe/dias/2008/02/21/pdfs/A10020-10035.pdfGMaestrohttps://www.blogger.com/profile/15534771532953647099noreply@blogger.com