13.2.14

El derecho a la vivienda, el derecho a la salud.

[Texto escrito por Vicky López, compañera médica de familia y salubrista-es-proceso]

Hace unos días la PAH denunciaba que desde Enero las órdenes de desahucio no llevan ni fecha ni hora. El Consejo General de la Abogacía señala que el juez no tiene obligación de dar esa información en los procesos que van por vía penal, es decir, aquellos casos de “ocupaciones ilícitas” en palabras del gobierno o “recuperaciones” en palabras de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).
Las políticas públicas de vivienda deberían estar encaminadas a garantizar el acceso a la vivienda de los ciudadanos. No sólo esto no es así, sino que además cuando la ciudadanía se organiza y articula respuestas por medio de las plataformas, el gobierno vuelve a lanzar políticas que intentan desarticularlas.
Ante esta situación, nos surgen algunas preguntas: ¿es la vivienda un derecho real? ¿qué podemos hacer ante esta violación sistemática de los derechos humanos? ¿podemos relacionar la consecución de derechos con nuestro estado de salud?
Vivienda y salud

Hay muchos estudios que relacionan las condiciones de la vivienda y con la salud. Según el informe “Vivienda y salud”, presentado en 2003 por la British Medical Association (BMA), "la vivienda digna es un primer requisito para la salud"

Además, en una revisión bibliográfica sobre investigaciones que relacionan infravivienda y salud, se afirma que existen indicios suficientes para argumentar que las condiciones de la vivienda son importantes para la salud física y mental de la población, y que las políticas dirigidas a garantizar unas adecuadas condiciones de vivienda tendrán un efecto positivo en la salud[1]

Pero más allá de las evidencias que afirman que esta relación, debemos buscar las repercusiones que está teniendo en la salud la actual política de vivienda y el fenómeno de los desahucios.  Hacia finales de 2012, según la PAH el número de desahucios llegaría a los 171.110 desde el comienzo de la crisis en julio de 2008. Según el Banco de España los desahucios subieron en 2013 en relación a 2013. En los 6 primeros meses de 2013 hubo 19.567 desahucios, casi tantos como en todo 2012, año en el que hubo 23.774.  Personas de todas las edades se han visto en la calle por créditos hipotecarios que no podían asumir. Es fácil vislumbrar las consecuencias fatales que tiene esto para la salud mental y física de los/as afectados/as.

Dado que el fenómeno de los desahucios es relativamente nuevo, al menos con estas dimensiones,  es difícil aún cuantificar las consecuencias que tendrá para la salud. Sin embargo, ya hay estudios que permiten entrever lo que está ocurriendo. En un estudio publicado en el European Journal of Public Health en 2013 se observa que independientemente  de los riesgos observados por la situación de desemple , exite un riesgo dos veces mayor de depresión mayor asociada con dificultades de pago de la hipoteca ( OR = 2,12 , P < 0,001 ) y  de casi 3 veces más con los desalojos ( OR = 2.95 , P < 0,001 ) . De manera que alrededor de un tercio del riesgo general en la asistencia de la población que consulta por trastornos de salud mental podría ser atribuido a los riesgos combinados de las dificultades de desempleo de los hogares y de pago de hipoteca.[2]

El Derecho a la vivienda

Párrafo 1 del Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad."

Además de esto, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que ha sido ratificado por 108 estados, entre ellos España, contiene el que quizás sea el fundamento más importante del derecho a la vivienda enunciado en todos los principios jurídicos que integran las normas internacionales sobre derechos humanos, ya que en este se reconoce el papel del Estado como garante de este derecho.

Párrafo 1 del artículo 11 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

"Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento."

En particular en la Observación General Nº 4 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho a una vivienda adecuada se define este derecho como integrado por diversos aspectos concretos, entre ellos van a estar la seguridad jurídica, gastos de vivienda soportables o la disponibilidad de servicios básicos.

Los desahucios son una negación absoluta al reconocimiento de este derecho por parte del estado. El 14 de marzo de 2013 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que las leyes españolas sobre desahucios no garantizaba a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas y vulnera, por tanto, la normativa comunitaria. En mayo de 2013, un dictamen firmado por el Presidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, indicaba que la ejecución hipotecaria debía considerarse “el último recurso” considerando insuficientes las medidas adoptadas por el gobierno español.
Pero, ¿qué podemos hacer si este derecho no es protegido por las políticas públicas?
La lucha por la vivienda, la lucha por la salud

En contexto actual, en el que el derecho a la vivienda se ha convertido en una utopía, la salud se torna borrosa. Si aludimos a los condicionantes socioeconómicos de la salud encontramos que la vivienda es un elemento fundamental para el desarrollo de una vida saludable.

Según la Teoría Crítica de los Derechos Humanos, los derechos humanos son productos socio- históricos fraguados a partir de luchas sociales y de conquistas del pueblo en la lucha por una vida digna. Asumir unos derechos como naturales o universales, supondría robarles la significación y aceptar que no podemos hacer nada por alcanzar lo que el Estado no nos da.

Por lo tanto, hoy día,  luchas como la de Stop Desahucios o la de las Corralas no hacen otra cosa que lanzar a la calle lo que siempre ha estado en un papel. Hoy, la ciudadanía construye derechos a partir de la lucha social, construye salud a partir de plataformas ciudadanas (buena prueba de ello es el estudio realizado por la médica de familia y antropóloga médica Elena Ruiz Peralta «Desahuciar, desalojar, ejecutar. Cuando la política callejera se convierte en medicina»[3]). 


Así pues, podremos hablar de estas luchas como focos de salutogénesis, que llevan la estrategia de “Salud en todas las políticas” a la calle, en la que la salud se convierte en un eje transversal al realizar acciones políticas con impacto positivo en salud, ya sea por hacer de la unión ciudadana un activo en salud o por intentar conquistar un derecho que les fue arrebatado.





[1]  Water, AM. Do housing conditions impact on health inequalities between Australian’s rich and poor? Australian Housing and Urban Research Institute; Sydney. 2001
[2] Gili. M.; Roca. M.; Basu S.; McKee M.; Stuckler D. The mental health risks of economic crisis in Spain: evidence from primary care centres, 2006 and 2010 Eur. Journal of P. Health; 2013

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